Hacia la culminación de la unión bancaria
Completar la unión bancaria es esencial para una unión económica y monetaria fuerte y próspera. Bajo esta premisa se enmarca la nueva propuesta de la Comisión Europea para crear un sistema de garantía de los depósitos bancarios común para todos los miembros de la eurozona (SGDE). Con este memorando se inicia la ardua tarea de levantar el tercer y último pilar necesario para culminar la unión bancaria europea. En este Focus se analizan los principales aspectos de la propuesta de la Comisión.
El objetivo de este tercer pilar es garantizar que todos los depósitos de la unión bancaria gozan de un mismo nivel de protección con independencia de la entidad en la que estén depositados y del país de procedencia. Si bien en la actualidad existe una cierta homogeneización de la cobertura de los sistemas de garantía de depósitos (SGD) nacionales, hasta 100.000 euros, esta protección queda supeditada a la fortaleza financiera de los Estados, responsables de cubrir las posibles pérdidas en última instancia. La ruptura de este círculo vicioso entre riesgo soberano y riesgo bancario es el principal objetivo que persigue el SGDE, que permitiría una reducción de la vulnerabilidad de los SGD nacionales a shocks locales gracias a la mutualización del riesgo entre los distintos países miembros de la unión bancaria. Todo ello contribuiría a fortalecer la estabilidad financiera de la región y a reducir su fragmentación.
De aceptarse la propuesta de la Comisión Europea, el SGDE se introduciría de forma gradual en tres fases. En la primera, prevista hasta 2020, se establecería un régimen de reaseguro de los SGD nacionales, según el cual los sistemas nacionales podrían acceder al fondo europeo una vez hubiesen agotado sus recursos, con un límite del 20% de los fondos europeos o 10 veces los recursos del fondo nacional. Durante esta fase también se iniciaría el trasvase de los fondos acumulados por los sistemas nacionales hacia el fondo europeo (véase el gráfico). En la segunda fase, se iniciaría una mutualización progresiva en régimen de coaseguro, con lo que se conseguiría un mayor grado de distribución del riesgo entre los sistemas nacionales. En esta fase, ambos fondos se responsabilizarían de los costes a partir del momento en que hubiese que reembolsar a los depositantes, con una participación progresivamente mayor del sistema europeo, desde un 20% en 2019 hasta el 100% en 2024. Sería entonces cuando se llegaría a la última fase, en la que se conseguiría la mutualización completa y el SGDE aseguraría plenamente a todos los depositantes europeos.
Si bien un aspecto relevante de la propuesta es la gradualidad de su implementación, otros como su ámbito de actuación o su financiación son también cruciales para que todos los países la acepten. Respecto a su alcance, la participación en el SGDE sería de carácter obligatorio para todos los miembros de la unión económica y monetaria, cuyos bancos están sujetos al mecanismo único de supervisión. También estaría abierto a otros miembros de la Unión Europea que quisieran adherirse a la unión bancaria. En cuanto a su financiación, el fondo estaría financiado mediante las contribuciones ex ante de los bancos partícipes y llegaría a cubrir hasta el 0,8% de los depósitos de la región en 2024. Por tanto, este fondo estaría financiado de forma completamente privada y con fondos limitados, puesto que la eurozona no dispone de un tesoro único que ofrezca algún tipo de garantía implícita.
En principio, este nuevo sistema no debería suponer un coste adicional para los bancos, sino simplemente un trasvase de un fondo a otro. Sin embargo, dados los posibles cambios en el cómputo de las contribuciones, podría no ser así. En la actualidad, las aportaciones de las entidades a los SGD nacionales se calculan a partir del volumen de depósitos asegurados y del perfil de riesgo de cada entidad relativo al del resto de bancos del mismo país. Según la propuesta de la Comisión, en la primera fase, este cálculo se mantendría como en la actualidad, pero, a partir de la segunda, la referencia para comparar el perfil de riesgo sería el conjunto de bancos de la eurozona. Por tanto, los bancos de un país cuyo perfil de riesgo sea menor al promedio de la eurozona tendrían que aportar menos al SGDE. El efecto de este cambio metodológico solo se podrá cuantificar cuando se den a conocer más detalles.
En definitiva, la propuesta de la Comisión Europea es un paso en la dirección correcta, pero todavía queda margen para avanzar en algunos aspectos, como la armonización de los SGD nacionales y la concreción de la metodología del cálculo de las aportaciones al fondo en función del perfil de riesgo. El proceso de negociación será largo y polémico, pero este es un paso necesario para acercarnos a una plena unión bancaria.