El Consejo de Ministros aprueba un paquete de ayudas a empresas para contrarrestar el impacto de la COVID-19

El Gobierno ha aprobado un esquema de ayudas de 11.000 millones de euros para autónomos y empresas más afectadas por la COVID-19. Este esquema cuenta con tres fondos: uno de ayudas directas a través de las autonomías por valor de 7.000 millones de euros, un fondo de 3.000 millones para la reestructuración de los préstamos ICO y un tercero de 1.000 millones de recapitalización para empresas medianas. Asimismo, se ha extendido hasta finales de año la moratoria concursal (suspensión de la obligación de presentar concurso en caso de insolvencia presente o prevista) que vencía el 14 de marzo.

Contingut disponible en
15 de març de 2021
PIB España
Resumen

El Gobierno ha aprobado un esquema de ayudas de 11.000 millones de euros para autónomos y empresas más afectadas por la COVID-19. Este esquema cuenta con tres fondos: uno de ayudas directas a través de las autonomías por valor de 7.000 millones de euros, un fondo de 3.000 millones para la reestructuración de los préstamos ICO y un tercero de 1.000 millones de recapitalización para empresas medianas. Asimismo, se ha extendido hasta finales de año la moratoria concursal (suspensión de la obligación de presentar concurso en caso de insolvencia presente o prevista) que vencía el 14 de marzo.

Principales medidas del paquete de ayudas
  • Ayudas directas para empresas y autónomos (7.000M€):
    • Para calificar: caídas de ingresos superiores al 30% en 2020 y sin pérdidas en 2019. Se deberá estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y con la seguridad social, mantener la actividad correspondiente a las ayudas hasta el 30 de junio de 2022 y no se podrán repartir dividendos en 2021 y 2022.
    • Las ayudas tendrán carácter finalista, es decir, se emplearán para pagos a proveedores, suministros, salarios, arrendamientos o deuda financiera. En primer lugar, se destinarán para pagar a proveedores (por orden de antigüedad) y a continuación, si procede, para repagar deuda avalada primero y sin aval después.
    • Serán gestionadas por las CC. AA. y del total, 2.000M€ se destinarán a Canarias y Baleares, y 5.000M€ al resto. Los 5.000M€ se distribuirán con los mismos criterios que la asignación del REACT EU1: indicadores de renta, de desempleo y de desempleo juvenil (véase el gráfico al final de la versión descargable del informe con una estimación de la asignación de las ayudas directas por comunidades). El reglamento se aprobará en los próximos 40 días.
    • Cuantía: fija de 3.000 € para autónomos en régimen de estimación objetiva; y de hasta 40% de las pérdidas de facturación superior al 30% en microempresas y otros autónomos, y de hasta 20% de la pérdida adicional al 30% para otras empresas (con un mínimo de 4.000€ y un máximo de 200.000 €)2.
  • Reestructuración de los préstamos ICO (3.000M€):
    • Se podrá aplicar a préstamos avalados concedidos entre el 17 de marzo de 2020 y el 13 de marzo de 2021.
    • Se considerarán tres niveles de medidas con la siguiente prelación: 1) extensión del plazo de vencimiento de los préstamos más allá de lo que contemplaba el decreto de noviembre3 (en este caso se extenderá el aval también); 2) cuando esto no sea suficiente, conversión a préstamo participativo, manteniendo la cobertura de aval; y 3) como último recurso, el Ministerio de Economía realizará transferencias finalistas –que recibirán las entidades financieras- para reducir el principal de préstamos ICO dentro de los acuerdos de renegociación de deudas que alcancen los deudores y las entidades financieras. Las entidades financieras también asumirán una reducción del capital pendiente.
    • El Consejo de Ministros fijará próximamente las condiciones aplicables y los requisitos a cumplir para acogerse a estas medidas. Se aprobará también un Código de Buenas Prácticas para facilitar y coordinar la utilización de estos fondos para la reestructuración de préstamos avalados.
  • Recapitalización de empresas medianas (1.000M€):
    • Fondo para reforzar la solvencia de estas empresas, tras evaluar su viabilidad, a través de diferentes instrumentos de endeudamiento, capital y cuasicapital. En el caso de que se usen instrumentos de capital, el Estado participará en los beneficios futuros de las empresas, con un plazo máximo de permanencia de 8 años. Será gestionado por Cofides, un organismo adscrito al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
  • 1. Fondos de recuperación europeos para las CCAA.
  • 2. Baleares y Canarias pueden aumentar el % de cobertura de pérdidas o el máximo.
  • 3. En noviembre, el Gobierno flexibilizó las condiciones de las líneas ICO con una ampliación del periodo de devolución de 3 años (hasta un máximo de 8 años) y de la carencia en 12 meses (hasta un máximo de 24 meses).
Valoración
  • La valoración general del paquete de apoyo a las empresas y autónomos es positiva. El conjunto de medidas refuerza las ayudas para los autónomos y empresas más perjudicados por la pandemia y las restricciones impuestas para intentar controlarla. Se suman así a las ya tomadas en 2020-ERTEs, línea de avales ICOs y diferimiento de impuestos- y contribuirán a aliviar los problemas de liquidez y de solvencia de las empresas más afectadas por la pandemia en los meses previos a que la recuperación tome impulso con la aceleración de la campaña de vacunación.
  • Los 7.000 M€ de ayudas directas a empresas y autónomos son un paso importante para ayudar a las empresas más afectadas por la crisis. Es positivo constatar que el destino de los recursos está bien acotado y centrado en cubrir gastos fijos o reducir deuda. La dotación también sería susceptible de ser ampliada si fuera necesario, por ejemplo, si la recuperación progresara de forma más gradual de lo previsto.
  • Es muy complicado distinguir en el contexto actual entre empresas viables -hacia las que se tienen que dirigir las ayudas- y no viables. El paquete de medias establece una serie de requisitos generales para acceder a los tres fondos del paquete, con el objetivo de beneficiar en mayor medida a las empresas realmente viables: haber tenido beneficios en 2019, mantener la actividad hasta junio de 2022,  estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, no haber solicitado la declaración de concurso voluntario, no haber sido declarados insolvente en cualquier procedimiento y no hallarse en concurso de acreedores. Las restricciones al pago de dividendos y a los aumentos a la retribución de directivos también son formas de limitar las ayudas a aquellas empresas que más lo necesitan.
  • Sobre el fondo de reestructuración de los préstamos avalados, es positivo que el decreto habilite al ICO a asumir reestructuraciones y que las propuestas deban partir de las entidades financieras. Finalmente, el fondo de recapitalización de empresas medianas puede ser útil para determinados casos -empresas que necesitan recursos adicionales a los de los otros dos fondos y que puedan acreditar que son viables a medio plazo-.
  • Finalmente, extender la moratoria concursal hasta finales de año representará un importante balón de oxígeno para las empresas y autónomos a fin de que puedan aprovechar la recuperación económica que se espera en la segunda mitad del año para normalizar su cuenta de resultados.
Etiquetas: